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BOJA nº 183 del 17 de Septiembre de 2004
 
 
BOJA núm. 183
Sevilla, 17 de septiembre 2004
Página núm. 20.351
CONSEJERIA DE EDUCACION
ORDEN de 1 de septiembre de 2004, por la que
se modifica la de 16 de julio de 2003, por la que
se regulan aspectos de la organización modular de
los ciclos formativos de Formación Profesional espe-
cífica en los Centros Docentes de la Comunidad Autó-
noma de Andalucía.
El Real Decreto 362/2004, de 5 de marzo, por el que
se establece la ordenación general de la formación profesional
específica, dispone en su artículo 26, la acreditación, validez
y registro de las unidades de competencia.
La Orden de 16 de julio de 2003, por la que se regulan
aspectos de la organización modular de los ciclos formativos
de Formación Profesional específica en los centros docentes
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece las con-
diciones para la organización de la oferta formativa de módulos
profesionales correspondientes a ciclos formativos de Forma-
ción Profesional específica.
La aplicación de la citada Orden ha puesto de manifiesto
su eficacia al haberse alcanzado los objetivos y finalidades
de la misma, si bien y con objeto de adaptarla a lo regulado
en el citado Real Decreto, procede modificar y completar diver-
sos aspectos referentes a la acreditación, validez y registro
de unidades de competencia.
Por ello esta Consejería de Educación ha dispuesto:
Artículo único. Se modifica el artículo 10 de la Orden
de 16 de julio de 2003, por la que se regulan aspectos de
la organización modular de los ciclos formativos de Formación
Profesional específica en los centros docentes de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, que queda redactado de la siguiente
forma:
Artículo 10. Acreditación, validez y registro de unidades
de competencia.
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 26 del
Real Decreto 362/2004, de 5 de marzo, por el que se establece
la ordenación general de la Formación Profesional específica,
la superación de los módulos profesionales asociados a una
unidad de competencia, dará derecho a la acreditación de
ésta. La acreditación de las unidades de competencia que
constituyan una cualificación dará derecho, a su vez, a la
acreditación de ésta.
2. La acreditación de las unidades de competencia, se
realizará por la Administración educativa correspondiente y
tendrá validez en todo el territorio nacional.
3. El registro de las acreditaciones de unidades de com-
petencia y, en su caso, de las cualificaciones profesionales,
se realizará de acuerdo al procedimiento establecido en el
Real Decreto 733/1995, de 5 de mayo, sobre expedición de
títulos académicos y profesionales.
4. De acuerdo con el artículo 2 de la Orden de 26 de
septiembre de 2002, de la Consejería de Educación y Ciencia,
por la que se regula el Libro de Acreditación de Competencias
Profesionales, el secretario o secretaria de los centros docentes
públicos, o el órgano que corresponda en los centros privados,
certificará en el citado libro de cada alumno o alumna las
competencias adquiridas una vez superados los módulos pro-
fesionales correspondientes.
Disposición final. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 1 de septiembre de 2004
CANDIDA MARTINEZ LOPEZ
Consejera de Educación
CONSEJERIA DE CULTURA
DECRETO 486/2004, de 14 de septiembre, por
el que se aprueba la estructura orgánica de la Con-
sejería de Cultura.
El artículo 13 del Decreto del Presidente 11/2004, de
24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, establece
que la Consejería de Cultura mantiene sus actuales com-
petencias.
La estructura orgánica básica de la Consejería de Cultura
fue aprobada por el Decreto 259/1994, de 13 de septiembre,
modificado por el Decreto 333/1996, de 9 de julio. La expe-
riencia adquirida en su aplicación, aconseja su modificación
a efecto de disponer de las herramientas adecuadas para poten-
ciar las políticas públicas que en las materias de libro, fomento
de la lectura, bibliotecas y centros de documentación, y de
museos, debe llevar a cabo la Consejería de Cultura. Así se